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Colombia: Mujeres Enfrentan Prisión
por Abortos
Human Rights Watch Cuestiona las Leyes Restrictivas sobre el Aborto
27 de junio del 2005 - (Human Rights Watch)
En Colombia, las mujeres enfrentan prisión por hasta cuatro
años y medio, incluso en casos de violación o donde
su vida corre peligro. En un memorando presentado frente la Corte
Constitucional de Colombia, Human Rights Watch declaró que
las sanciones penales por aborto de este país no están
de acuerdo con las obligaciones internacionales en materia de derechos
humanos, y que deberían ser declaradas inconstitucionales.
“Las mujeres no deberían ir a la cárcel
por tener abortos”, dijo Marianne Møllmann, investigadora
de derechos de las mujeres en Human Rights Watch. “Las leyes
restrictivas colombianas sobre el aborto violan los derechos más
básicos de las mujeres y deberían ser derogadas”.
El 14 de abril, la abogada colombiana, Mónica del Pilar Roa
López, una directora de proyectos de Women’s Link Worldwide,
pidió a la Corte Constitucional que revise la legislación
colombiana a fin de declararla inconstitucional. La oficina de Roa
fue asaltada el 16 de junio y dos computadoras además de
archivos confidenciales fueron robados. Human Rights Watch está
preocupado por la seguridad e integridad de todo personal relacionado
con este caso.
Se estima que 450.000 abortos ocurren anualmente en Colombia. Estudios
recientes indican que una mayor proporción de niñas
adolescentes que mujeres adultas se someten a abortos ilegales.
Las consecuencias de abortos ilegales constituyen una de las mayores
causes de mortalidad materna, ya que el aborto ilegal e inseguro
causan complicaciones médicas que pueden ser mortales.
Los organismos de las Naciones Unidas que velan por el cumplimiento
de las convenciones internacionales en materia de derechos humanos
insisten que el aborto debe despenalizarse, por lo menos donde la
vida o salud de la mujer embarazada corre peligro, o en casos de
incesto o violación. Varias de estos organismos de la ONU
han criticado las restricciones legales colombianas
abiertamente, haciendo notar que estas leyes discriminan contra
las mujeres y violan su derecho a la vida y a la salud.
En su memorando a la Corte Constitucional de Colombia, Human Rights
Watch también hace referencia a entidades regionales de derechos
humanos. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha
indicado que su principal tratado de derechos humanos, la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, es compatible con el derecho de
la mujer a acceder al aborto legal y seguro.
El Derecho Colombiano prohíbe el aborto en todas las circunstancias.
La sanción es más leve cuando el embarazo es resultado
de una violación (o de “inseminación artificial
o transferencia de óvulo fecundado no consentidas.”)
En 2000, el Congreso Colombiano enmendó el Código
Penal, abriendo la posibilidad para que un juez pueda suspender
la sanción penal por aborto en casos específicos y
a su discreción. Sin embargo, la pena únicamente se
puede suspender cuando el embarazo es el resultado de una violación
y bajo dos condiciones adicionales: cuando el aborto se realice
bajo “extraordinarias condiciones anormales de motivación”
(una cláusula ambigua que requerirá interpretación
judicial) y cuando el juez considere la aplicación de la
pena como innecesaria. A lo anterior se agrega que una enmienda
posterior del 2005 aumentó las penas máximas por aborto
de tres a cuatro años y medio de prisión.
“En vez de cambiar sus leyes para cumplir con sus obligaciones
internacionales en materia de derechos humanos, las autoridades
colombianas han impuesto penas más duras a las mujeres que
están ejerciendo sus derechos humanos”, dijo Møllmann.
“La corte tiene una obligación de revertir este resultado
anti-constitucional”.
http://hrw.org/spanish/docs/2005/06/22/colomb11205.htm
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